A- de 2024
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Colpensiones·Demandado Hurtado Riascos Elsy Johana
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Palmira (Valle del Cauca) y el Juzgado 017 Administrativo Oral del Circuito de Cali (Valle del Cauca), causado por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones, en contra de una ciudadana, con el propósito de que se anule la resolución por medio de la cual reconoció una pensión de sobrevivientes a favor de la demandada, por considerar que se presentó fraude en dicho proceso al no encontrarse acreditada la convivencia con el causante.
Cumplidos los presupuestos que configuran un conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que el caso se ajusta a las previsiones del Auto 316 de 2021, en el cual la Corte Constitucional señaló que los artículos 97 y 104 del CPACA prevén una cláusula especial de competencia, en virtud de la cual la jurisdicción de lo contencioso administrativo tiene la competencia exclusiva para conocer las demandas que la administración interpone contra actos administrativos propios (acción de lesividad), incluidos los que versan sobre asuntos laborales o de la seguridad social.
La Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 017 Administrativo Oral del Circuito de Cali, para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Palmira y el Juzgado 017 Administrativo Oral del Circuito de Cali, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 017 Administrativo Oral del Circuito de Cali es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones en contra de las Resoluciones SUB 200826 del 27 de julio de 2018 y SUB 273640 del 19 de octubre del 2018.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-5913 al Juzgado 017 Administrativo Oral del Circuito de Cali, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 002 Laboral del Circuito de Palmira.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.